Terminación de un contrato

 

Terminación de un contrato

 

Las causas para terminar un contrato las podemos resumir en tres grupos: Causa legal, Justa causa y decisión unilateral de cualquiera de las partes, cada una con consecuencia distintas. 

Presentación del Caso:

Martha Marín es asesora de ventas de la empresa ORVIS INTERNACIONAL, ha incumplido sus obligaciones reiterativamente y le ha sido llamada a atención verbal y de manera escrita en tres ocasiones, la empresa ha tomado la decisión de retirar del cargo a Martha.

¿Qué proceso se debe aplicar para realizar la liquidación de su contrato vigente en la empresa?

Proceso:

Las cuales por las cuales se le brinda a la Sra Martha Despido con justa causa Marín de la empresa ORVIS INTERNACIONAL, es por Justa Causa, el cual esta contemplado en el Código Sustantivo del Trabajo artículo 62 Numeral 9 del C.S.T.

La deficiencia en el rendimiento del trabajo en relación con la capacidad del trabajador y con el rendimiento promedio en labores análogas, cuando no se corrija en un plazo razonable a pesar del requerimiento del (empleador).

Primero es saber que hubo varios llamados de atención de parte del empleador de manera escrita y verbal; Este se realiza cuando el empleado tiene actitudes que atentan contra el buen clima laboral de la organización, o cuando no está cumpliendo con sus funciones. Al elaborarlo se debe tener claro cuál es el aspecto a señalar y procurar expresarse de la mejor manera posible.

Dado a que Martha siguió incumpliendo con los llamados, se procede a informarle dicha decisión por medio de la siguiente carta de despido.

 

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ORVIS INTERNACIONAL

Medellín – Antioquia 27 de abril de 2022.


Asunto: Carta de despido.

 

Señor(a)

MARTHA MARÍN

Asesora de ventas

 

Me dirijo a usted de manera respetuosa para notificarle que a partir del día de hoy la empresa ORVIS INTERNACIONAL, ha decidido prescindir de sus servicios, al no acatar los llamados de atención realizados anteriormente.

 

Para finalizar este contrato la empresa se ha apoyado en los siguientes artículos: Artículo 62 y Articulo 58 del Código Sustantivo del Trabajo), numeral 9 del Literal a.

Como bien hemos comunicado a usted anteriormente este causal de despido es por el incumplimiento de sus obligaciones y al desacato de los llamados realizados de manera escrita y verbal por parte de sus superiores.

 

De igual manera agradecemos por las labores realizadas durante el tiempo que hizo parte de nuestro equipo de trabajo y manifestamos que todas sus prestaciones laborales y salariales correspondientes, serán liquidadas dentro del tiempo establecido para ello.

 

  

Atentamente:

 

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Lini Lorena Alvarez

Administradora de Recursos Humanos.


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LIQUIDCACION DE LO ADEUDADO A LA EMPREADA.

 

Se realiza la liquidación correspondiente al contrato laboral por desvinculación.

1. Salarios adeudadas.

2. Las prestaciones sociales.

3. Aportes parafiscales.

4. Aportes a seguridad social.

 


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